Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería el 20 de mayo de 2025, se implementa una importante novedad: la Tarjeta de Residencia Temporal para Familiares de Españoles. En el despacho Longobardo Pérez, abogado de extranjería, te explicamos todo lo que necesitas saber para acceder a esta autorización, quiénes pueden solicitarla, qué documentación es necesaria, y dónde se presenta.
¿Qué es la Tarjeta de Residencia Temporal para Familiares de Españoles?
Se trata de un nuevo tipo de autorización de residencia que permite a ciudadanos extranjeros con vínculo familiar con un ciudadano español residir legalmente en España. Esta tarjeta sustituye y mejora la figura del «arraigo familiar» y ofrece mayor seguridad jurídica y ventajas prácticas para los solicitantes.
Está dirigida a aquellos familiares que no sean ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, y que mantengan un vínculo familiar con una persona española.
¿Quiénes pueden solicitar la Tarjeta de Residencia Temporal para Familiares de Españoles?
El nuevo reglamento amplía notablemente el abanico de beneficiarios. A continuación, te presentamos los principales supuestos:
Cónyuge del ciudadano español
Pareja registrada oficialmente como pareja de hecho
Pareja estable no registrada, con hijos en común o convivencia probada
Hijos menores de 26 años, o mayores de esa edad si están a cargo
Ascendientes (padres o abuelos) del ciudadano español, a cargo y sin apoyo familiar en su país
Progenitores de menores españoles
Cuidadores de ciudadanos españoles con dependencia reconocida
Hijos de españoles de origen, sin necesidad de que lo sean «originariamente»
Otros familiares a cargo (familia extensa), en determinadas circunstancias
Esta normativa reconoce por fin a la familia extensa y permite, en muchos casos, la reagrupación familiar desde España.
El 20 de marzo es la fecha límite para que la resolución denegatoria sea firme. Si no se ha notificado la resolución antes de esta fecha, el solicitante pierde la posibilidad de acogerse al plazo reducido de seis meses para solicitar el arraigo bajo la nueva normativa.
¿Qué significa "estar a cargo"?
Uno de los puntos clave es el nuevo criterio para demostrar que un familiar está a cargo del ciudadano español:
Debe ser una situación mantenida en el tiempo
Debe producirse en el país de origen o residencia del familiar
Puede ser una dependencia económica, física o convivencial
En cuanto a la dependencia económica, es necesario justificar envíos de dinero equivalentes al 51% del PIB per cápita del país del familiar durante al menos un año. Además, el español debe acreditar que cuenta con medios suficientes para mantener esta relación de dependencia.
Importante: Se presume la situación de dependencia cuando el ascendiente tiene más de 80 años.
Documentación para Solicitar la Tarjeta de Residencia Temporal para Familiar de Españoles
Aunque los documentos específicos pueden variar según el tipo de vínculo, estos son los requisitos comunes:
Formulario oficial de solicitud
Certificado de empadronamiento o convivencia
DNI o pasaporte del ciudadano español
Acreditación del vínculo (matrimonio, nacimiento, convivencia, etc.)
Pasaporte del familiar solicitante
Certificados médicos y penales (según el caso)
Justificantes de estar a cargo (envíos de dinero, pagos, etc.)
Toda la documentación extranjera debe estar legalizada o apostillada y traducida por traductor jurado.
¿Dónde solicitar la Tarjeta de Residencia Temporal para Familiares de Españoles?
La solicitud se puede hacer desde España o desde el país de origen, dependiendo del tipo de familiar:
Podrán solicitar desde España:
Cónyuges
Parejas registradas o estables
Hijos menores de 18 años
Progenitores de menores españoles
Cuidadores de españoles dependientes
Hijos de españoles de origen
Deberán solicitar visado en el consulado:
Ascendientes
Hijos mayores de 18 años
Familia extensa
Disposición Transitoria 4ª
Durante los seis meses siguientes a la entrada en vigor (hasta el 20 de noviembre de 2025), los ascendientes y los hijos mayores de 18 años que ya estén en España podrán presentar la solicitud sin necesidad de visado consular, siempre que hubieran llegado antes del 20 de noviembre de 2024.
¿Quiénes pueden Trabajar con la Tarjeta de Residencia Temporal de Familiares de Españoles?
Sí, pero no todos los familiares pueden trabajar desde el primer momento. Podrán trabajar con el resguardo de solicitud:
Cónyuge del español
Pareja registrada o estable
Hijos del ciudadano español
Esto representa una mejora significativa frente al antiguo modelo de arraigo, donde el permiso de trabajo se obtenía con más retraso.
¿Cúando se puede Solicitar la Tarjeta de Residencia Temporal de Familiares de Españoles?
El Ministerio del Interior ha habilitado un formulario en su sede electrónica para facilitar el proceso de desistimiento de los recursos de reposición. Este formulario permite que los solicitantes gestionen su desistimiento de forma rápida y eficiente. Es crucial que los solicitantes completen este proceso adecuadamente para no perder la posibilidad de acogerse a la disposición transitoria.
¿Necesitas Ayuda?
En el despacho Longobardo Pérez, abogado de extranjería, somos especialistas en derecho de extranjería y nacionalidad española. Te ayudamos a preparar toda tu documentación, presentar la solicitud correctamente y evitar errores que puedan retrasar tu residencia.

